Everything about Extradición México Países Bajos



La falta de tratado de extradición significa que dos países no tienen un acuerdo official que permita la entrega de personas buscadas por la justicia en uno de los países.

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Sin acuerdos formales que permitan la entrega de los delincuentes, puede ser más difícil para los países trabajar juntos en la investigación y el enjuiciamiento de los delitos transnacionales.

El autor del sumario hace cuatro advertencias al lector que es importante tener en cuenta para un mejor manejo de la obra y un acercamiento a la mecánica de su manejo. Primero, señala que los títulos o textos que se encuentran entre corchetes no forman parte del contenido de los ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales que componen el sumario, pues se trata de una sinopsis de los artículos, ello con el objeto de facilitar al lector la localización de las disposiciones que lo conforman. Segundo, advierte sobre la incorporación de la Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal, de Argentina, pues este país optó por legislar en materia extradicional para el efecto de que cualquier Estado pueda reclamar a un sujeto, cumplimentando siempre los requisitos legales establecidos en el orden interno.

El procedimiento de extradición en México comienza con la solicitud official de un país para que se entregue a una persona acusada de un delito.

Que exista un tratado de extradición o una convención internacional en la que ambos países sean signatarios

Pero antes de entrar a la descripción de su contenido, que es relativamente sencillo de explicar, salvo alguna crítica en cuanto a la forma y la presentación sumaria, que pudo haber tenido una estructura más clara, es pertinente desglosar algunos criterios centrales que mejoren la comprensión y alcances de la extradición como procedimiento y proceso especial en el ámbito jurídico interno y externo y, de paso, realizar algunas anotaciones puntuales sobre los conceptos vertidos en el próbrand por el ministro Góngora Pimentel, pues a nuestro modo de ver, tal y como están planteados, pueden dar lugar a falsas apreciaciones en cuanto a la exacta naturaleza, fundamento y contenido del derecho internacional y del propio derecho de los tratados, así como sobre el sentido particular que hoy tienen los acuerdos de extradición al celebrarse en un ambiente caldeado por consideraciones políticas y técnicas, generalmente enmarcadas en el contexto complejo y dinámico de las relaciones jurídicas internacionales contemporáneas.

Las solicitudes de extradición activas son las que presenta el Estado mexicano a otro país, en donde se encuentra el prófugo de la justicia mexicana y que cuenta con un mandamiento judicial.

El individuo tiene derecho a una audiencia preliminar en la que el juez de distrito le da a conocer las causas de la this contact form petición de extradición y el sujeto puede nombrar a un defensor. Posteriormente se realiza una audiencia principal.

La decisión de extradición es tomada por el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores. La Secretaría debe evaluar la solicitud y tomar en cuenta los intereses del Estado mexicano y de la persona acusada.

La obra in comento representa un buen esfuerzo de recopilación, acomodo y sumarización de los distintos ordenamientos legales e instrumentos que se utilizan en la actualidad para darle have a peek here vida al Check This Out procedimiento de extradición. Aunque no se trata de una obra analítica ni de estudio o discusión doctrinal sobre esta compleja institución jurídica de cooperación penal internacional, es un valioso auxiliar de referencia y consulta que cuenta con todos los tratados bilaterales vigentes suscritos hasta ahora por México, convenios y convenciones internacionales especializadas y relativas a los delitos y crímenes objeto del derecho internacional penal, y que cuenta, además, con una guía temática para facilitar la identificación de las disposiciones, así como con una basta selección de criterios jurisprudenciales emitidos por la SCJN y de los Tribunales Colegiados de Circuito, un glosario y bibliografía referente, pero insuficiente —hay que recalcarlo—sobre el tema de la extradición.

El capítulo III, intitulado "La extradición y el derecho internacional privado", está dedicado al estudio de los puntos de conexión existentes entre la figura de la extradición y diversas ramas del derecho como el constitucional, penal, administrativo, internacional público e internacional privado. Es precisamente en el derecho internacional privado (DIPr) en el que la autora enfoca la mayor parte de su análisis. Se parte del argumento de que el problema central radica en la persona del extraditurus, quien por regla common goza de una nacionalidad que lo vincula con un ordenamiento jurídico nacional determinado, y que puede entrar en colisión o conflicto de leyes o de competencia judicial al momento de que dicho individuo es reclamado por un ordenamiento jurídico extranjero.

Realmente hay poco que decir ante lo apresurado y tajante de estos comentarios del más puro corte positivista que ignoran por completo la naturaleza, alcance y utilidad de todas las fuentes del derecho internacional; recursos éstos sumamente eficientes para resolver controversias entre Estados, pero cuando se hallan en las manos de jueces internacionales altamente calificados como lo han sido, por ejemplo, Gilbert Gillaume, Eduardo Jiménez de Aréchega o el mexicano Bernardo Sepúlveda, quien actualmente ocupa un honroso asiento en el máximo Tribunal de las Naciones Unidas.

Este recurso puede presentarse en dos momentos: cuando el juez esté por analizar la solicitud de extradición o cuando la SRE comunique al país solicitante que está de acuerdo con su petición.

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